Radio América. En cierre de Legislatura, este jueves el Congreso Nacional aprobó el dictamen para ampliar por 4 años la vigencia del Decreto 116-2019 relacionado a que no exista responsabilidad penal mientras el Tribunal de cuentas no realiza las auditorias del caso.
EL CONGRESO NACIONAL
CONSIDERANDO: Que el Artículo 59 de la Constitución de la República señala “que la persona humana es el fin supremo de la sociedad” y es función del Estado, promover y facilitar el acceso a los servicios públicos, relacionados a la salud, educación, alimentación y desarrollo integral de las personas a fin de mejorar su condiciones y calidad de vida.
CONSIDERANDO: Que el Artículo 222 de la Constitución de la República señala que el Tribunal Superior de Cuentas (TSC), “es el ente rector del sistema de control de los recursos públicos, con autonomía funcional y administrativa de los poderes del estado, sometido solamente al cumplimiento de la Constitución y las Leyes, será responsable ante el Congreso Nacional de los actos ejecutados en el ejercicio de sus funciones”.
CONSIDERANDO: Que los mecanismos de gestión y ejecución de fondos públicos, propios de un Estado moderno, deben ajustarse a las exigencias del nuevo entorno, fundamentado en la publicidad, la transparencia, la libre competencia y la igualdad, así como, la incorporación de los medios de tecnología electrónica, con el propósito de actualizar y dar confiabilidad a los procesos de ejecución de fondos públicos que se realizan tanto por el estado como por cualquier otra institución, persona natural o jurídica que haga uso de fondos públicos para la ejecución de proyectos y programas de orden social, comunitarios, de infraestructura, de equipamiento de infraestructura, bienes y servicios públicos de primera necesidad y todo tipo de ayudas sociales que vayan destinados al mejoramiento de las condiciones de vida de los ciudadanos en las comunidades, así como a la atención de necesidades urgentes de éstos.
CONSIDERANDO: Que es de interés público contar con mecanismos que transparenten la asignación y ejecución de fondos públicos, asegurando la equidad y el aprovechamiento óptimo de los recursos estatales y prevenir los abusos de los funcionarios públicos del Gobierno Central y/o Descentralizadas, Corporaciones Municipales, Congreso Nacional, Organizaciones No Gubernamentales, Fideicomisos, entes u órganos de derecho privado auxiliares de la Administración Pública y cualquier Persona Natural o Jurídica, respecto al destino de los fondos del erario.
CONSIDERANDO: Que con base a lo establecido Artículo 16 del Decreto 116-2019 de fecha 16 de octubre del 2019 y publicado en el diario oficial “La Gaceta” de fecha 18 de octubre del 2019 en la edición No. 35,076, se autorizó Tribunal Superior de Cuentas (TSC), un periodo de tres años para la realización de la dicha auditoría especial, pero dadas las múltiples tareas de control y fiscalización de este ente contralor, el mismo no ha culminado con dicho proceso, por lo que se requiere de una ampliación de este periodo de tiempo para poder culminar de manera exitosa esta auditoría especial.
CONSIDERANDO: Que el Artículo 205 numerales 1) de la Constitución de la República, establece: Corresponden al Congreso Nacional las atribuciones:1) Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.
POR TANTO;
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Ampliar por un periodo de cuatro (4) años adicionales el plazo de 3 años establecido en el artículo 16 del Decreto 116-2019 de fecha 16 de octubre del 2019 y publicado en el diario oficial “La Gaceta” de fecha 18 de octubre del 2019 en la edición No. 35,076.
ARTÍCULO 2.- El presente Decreto entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los ___ días del mes ___ del año 2022.
Información: Rony Salinas
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