Radio América. El abogado Salomón Amador, es del criterio que la Ley de Privación de Dominio de Bienes de Origen IlÃcito debe reformarse.
Inicialmente el experto en derecho refirió que siempre se da una situación con la Ley de Privación de Dominio de Bienes de Origen IlÃcito donde hay aseguramiento de bienes que después pasan a la privatización.
Amador señaló que las anomalÃas que presenta la Ley de Lavado de Activos y la de Privación de Dominio es que el delito de lavado de activos no se juzga por sà solo, es decir que la persona que no justifica la procedencia de sus bienes ya sea legÃtimo o ilegÃtimo, siempre  es acusada de lavado de activos sin haber probado antes que exista un delito fuente, o comprobar que era partÃcipe del crimen organizado.
Seguidamente dijo que la contradicción con la Ley de Privación de Dominio es que se da un nuevo juicio donde con solo el hecho de haber sido condenado se privatizan los bienes a favor del Estado de Honduras.
Es por ello que considera debe haber una ley especial a la privación de domino.
El experto en leyes aludió que en muchas ocasiones las personas son absueltas del delito de lavado de activos, pero que los bienes siguen en juicio y en algunos casos son hasta rematados y objeto de subastas de la Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI).
Con información de Estela Rovelo